Abril de 2025

Corte IDH condena a México

miércoles, 17 de diciembre de 2025

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó ayer una sentencia condenatoria contra el Estado mexicano, declarándolo responsable internacional de la tortura, violación sexual y muerte de Ernestina Ascencio Rosario, indígena náhuatl de 73 años, agredida por militares en la Sierra de Zongolica en 2007.

Los Hechos: Violencia y Omisión Estatal

El tribunal internacional acreditó que el 25 de febrero de 2007, miembros del Ejército Mexicano, instalados en un campamento cercano a la vivienda de la víctima en Tetlalzinga, atacaron a la señora Ascencio. La Corte fue contundente al calificar la violación sexual como un acto de tortura, señalando que fue una agresión intencional con el fin de degradar y humillar a la víctima.

Asimismo, se documentó un "viacrucis" médico:

  • Falta de atención: Ernestina fue trasladada por sus familiares durante 10 horas en busca de auxilio.
  • Barreras lingüísticas: El Hospital Regional de Río Blanco no contaba con intérpretes de náhuatl, violando su derecho a una atención de salud adecuada.
  • Fallecimiento: La gravedad de las lesiones y la demora médica provocaron su muerte el 26 de febrero de 2007.

El Papel de las Autoridades: Estereotipos y Desinformación

La sentencia critica severamente la actuación del Gobierno federal de aquel entonces. La Corte concluyó que la investigación fue cerrada de forma prematura y estuvo viciada por estereotipos de género, étnicos y de edad.

El tribunal señaló que altos funcionarios, incluido el entonces Presidente de la República (Felipe Calderón), quien aseguró que la muerte de la anciana se debió a una “gastritis crónica no atendida”, replicaron versiones que revictimizaron a la señora Ascencio y a su familia, creando un clima de "descreimiento" que obstaculizó el acceso a la verdad y la justicia durante 18 años.

Medidas de Reparación Obligatorias

Para resarcir el daño y evitar la repetición de estos hechos, la Corte IDH ordenó a México cumplir con las siguientes disposiciones:

  1. Justicia Penal: Realizar una investigación exhaustiva y seria para identificar, procesar y sancionar a los militares responsables de la tortura y muerte.
  2. Salud Local: Fortalecer el Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa con recursos y equipo adecuado.
  3. Inclusión Lingüística: Crear un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas que sea obligatorio tanto para el sistema de salud como para el de justicia.

Un Precedente para los Pueblos Originarios

Este fallo no solo reconoce la dignidad de Ernestina Ascencio, sino que obliga al Estado mexicano a reformar sus protocolos de actuación en territorios indígenas y garantiza que la lengua materna nunca vuelva a ser una barrera para recibir atención médica o defensa legal.



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